
Hoy en día se puede decir que los requisitos de los recibos de honorarios han cambiado de forma abrupta, siendo estos controlados por los funcionarios públicos adscritos al sector financiero, para un contribuyente el formato en el cual pueda ser creado o emitido un recibo no le es de mucho interés, debido a la baja relevancia que denota esto.
Para estructurar un recibo de honorario, se debe tomar en cuenta muchos aspectos para que quede plasmada por completa la información, sin más ni menos, estos aspectos antes mencionados son;
- Trabajar en conjunto con la retención ISR, siendo este un representativo 10% del monto sin IVA para así incluirlo luego.
- Para mayor seguridad se debe tener en cuenta la importancia de resaltar el RFC del emisor.
- Dentro del portal SAT, se encuentra una lista de proveedores autorizados los cuales están en total capacidad de actuar en dicho trámite.
- Se logra destacar que al emitir este recibo debe quedar en relevancia el lugar y fecha de expedición.
- Debe agregarse el domicilio fiscal de quien se le expida al momento de emitir el recibo.
- Indicar si se trata de un pasivo o activo respectivamente.
- Debe quedar especificada completamente todos los montos, es decir, realizar una suma total.
- Cabe destacar que los montos tienes que ser manifestados de manera numeral, en otras palabras usando solamente números.
- Se debe especificar el método de pago, existen diferentes tipos de pago, efectivo y cheque que son los más tradicionales y métodos cibernéticos como lo es la transferencia bancaria.
- Una firma electrónica actualizada, es de gran apoyo a la hora de emitir estos recibos.
- Al finalizar el cálculo del valor unitario tiene que dar exactamente el 16% del valor del honorario, ni más ni menos.
- Al momento de crear estos recibos cabe subrayar que se debe señalar el régimen fiscal del contribuyente.
- Se debe delimitar con un superlativo cuidado la descripción del producto y/o servicio que fue adquirido por esta persona, para evitar un dilema futuro
Con los adelantos tecnológicos, es mucho más fácil y amigable emitir dichos recibos, solamente tenemos que prestar una suma atención a los montos, verificar que no sea incorrecto alguno ya que esto podría llevar a un error de cálculo, y por último pero no menos importante, no descuidar las retenciones.
Cabe destacar que el IVA no es más que un impuesto el cual será cargado a la persona que esté pidiendo o exigiendo la realización del recibo de honorarios, siendo este un parámetro firme que está en los lineamientos de la ley.
El IVA (Impuesto al valor agregado) no es más que un impuesto que tiene que pagar una persona natural o jurídica por la adquisición de cualquier bien o servicio, se denota con un porcentaje (%) para así poder cobrarlo, este puede variar dependiendo el país.
Existen un conjunto de requisitos fundamentales, que pueden ser de gran importancia como lo son el código de barras dimensional, El número de folios, y el número de confirmación o número de aprobación de folios, siendo estos completamente indispensables para un buen recibo emitido.
Todos estos trámites tienen que ser con la Aprobación/Consentimiento de un contador de su preferencia, puede ser tanto de una empresa privada como lo son los de las firmas de contaduría, como público, esto con el único propósito de respaldar legalmente y realizarlo de manera legal.
En resumen se puede decir que los requisitos de los recibos de honorarios son un poco exhaustivos y meticulosos, esto se debe a que la mayoría de ellos son para respaldar y tener una base legal de este trámite.
