Cuando se trata de deudas y de la razón por la cual muchos dejan de pagar, pienso que hay dos razones fundamentales: la principal o por lo menos, la más frecuente, es una mala administración familiar, pero la segunda es el despido que sufren muchos mexicanos en los empleos donde tenían un buen sueldo.
Sucede que cuando pierdes tu empleo por despido, además del impacto psicológico que esto genera, te das cuenta que debes enfrentar tus deudas y al mismo tiempo seguir manteniendo a la familia al mismo nivel que tenías cuando trabajabas.
Oír la frase “perdí mi empleo porque me despidieron de mi trabajo; no sé cómo seguir pagando mis deudas y al mismo tiempo darle de comer a mi familia” es algo sumamente común hoy en día; realmente lo escuchamos en pláticas con amigos cada vez con mayor frecuencia.
Dicen que nadie aprende en cabeza ajena; tal vez sea por eso que cuando nosotros no hemos vivido un despido ni sus consecuencias, no nos identificamos con el tema ni sentimos empatía por la persona que fue despedida y ahora no sabe qué hacer.
Es normal que luego de un despido, las personas sientan un vacío en el estómago, aunque luego les llega un gran coraje contra la empresa que los despidió, para pasar a tranquilizarse pensando que podrán vivir con la liquidación que ésta les dio.
A medida que va pasando el tiempo, se agota la liquidación y empiezan a utilizar sus reservas económicas, por lo que las tarjetas de crédito se vuelven la única fuente para pagar lo necesario para subsistir.
Comienzan a quedarse sin dinero, por lo que inician una búsqueda desesperada de una nueva fuente de ingresos que, muchas veces, se termina aceptando un trabajo con un sueldo menor al que tenían anteriormente.
Aunque este proceso se considera “normal”, hay que considerar que muchas personas fueron despedidas, pero no recibieron una liquidación. También hay algunos que la recibieron incompleta.
Lamentablemente, algunas empresas se aprovechan del gran desconocimiento que existe sobre la forma en que se debe realizar el cálculo de la liquidación que le corresponde al individuo que fue despedido.
Aunque la ley establece de forma clara las razones para ser despedido, el empleado no sabe si su baja es justificada o injustificada.
Por ejemplo, existe una creencia popular que dicta que tener 3 faltas consecutivas en el mes es motivo suficiente para ser dado de baja en tu trabajo.
Eso es falso, pues la ley Federal del Trabajo marca en su artículo 47 que uno de los motivos para sufrir un despido de forma justificada es: “X. TENER EL TRABAJADOR MAS DE TRES FALTAS DE ASISTENCIA EN UN PERIODO DE TREINTA DIAS, SIN PERMISO DEL PATRON O SIN CAUSA JUSTIFICADA;“
Cuidado, “más de 3 faltas” no son 3. Realmente se necesitan 4 faltas para ser despedido de forma justificada.
Además, aunque cuando dicta “en un periodo de 30 días“ pueden ser los 30 días de un mes, no significa que las 4 faltas deban ser en el mismo mes, porque pudieran ser 2 faltas del 15 al 31 de julio y otras 2 faltas del 1 al 13 de septiembre, y aunque 2 de las faltas sean en un mes y las otras 2 en un mes distinto, sí se ejecuta el despido por tener “más de 3 faltas” en un período de 30 días.
Incluso si faltaste el 30 y 31 de Enero, luego faltas 1 vez en el mes de Febrero (cualquier día) y otra falta más el primero de marzo, entonces serían 4 faltas en un periodo de 30 días, incluso aunque fueran de 3 meses distintos.
En realidad existen 15 motivos para ser despedido de forma justificada (todos están establecidos en el art. 47 de la Ley Federal del Trabajo), pero no basta con que exista uno de esos motivos para que ocurra un despido, pues además deben darte aviso por escrito, indicando la fecha y causa del mismo.
La falta de este aviso por escrito es motivo suficiente para que el despido sea considerado como INJUSTIFICADO.
Aunque la Ley defiende de forma preferente al empleado, debemos conocer nuestros derechos para hacerlos valer.
Por tal motivo, les hago una invitación a informarse y no guiarse solamente por lo que le aconsejan otras personas.
Si sufres un despido, contacta a un abogado laboral antes de firmar tu liquidación o finiquito. No te apresures a firmar para recibir el dinero, tómate tu tiempo, podrían estar dándote mucho menos de lo que te corresponde por ley.
Una cosa es el finiquito y otra distinta la liquidación.
Un finiquito le corresponde a un empleado que renuncia a su labor por decisión personal, pero también cuando ocurre de “común acuerdo”, donde la empresa y el empleado deciden terminar la relación laboral.
Es importante saber que “común acuerdo” significa que el empleado está de acuerdo en renunciar y no le interesa continuar trabajando en la empresa (sin liquidación).
Te recomiendo que leas “El Seguro de Desempleo no aplica si Renuncias o llegas a un acuerdo con tu Empleador” porque si te despiden, sí podrás aplicar el seguro para cubrir las mensualidades de tu crédito, pero si renuncias no te aplica el seguro.
Una liquidación es para un empleado que fue despedido de forma injustificada (sin responsabilidad para el empleador), es decir, porque la empresa decidió cancelar el contrato por motivos que no tienen nada que ver con el desempeño laboral del empleado. Por ejemplo, por reestructura del área, el cierre de la empresa o la desaparición del puesto que venía desempeñando el mismo.
A su vez, se aplica la liquidación cuando existe un despido injustificado cuando el empleo renuncia por una falta grave cometida por el patrón, como engaños, amenazas, violencia, hostigamiento, acoso sexual, reducción del salario o porque exista un peligro grave para la salud o seguridad del empleado o su familia.
Sin importar la razón que cause tu salida de la empresa, te recomiendo contactarte con algún abogado laboral o la PROFEDET (Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo) para que te asesoren con el cálculo de tu finiquito o el cálculo de tu liquidación, según te corresponda por ley. Todo esto debes hacerlo antes de firmar y recibir el cheque que te ofrecen.
