¿Casarse por bienes separados o mancomunados? – Asesoría Contable y Fiscal

La pregunta del título es una de las más comunes en la sociedad actual, y la verdad es que la respuesta más popular es la de los bienes separados, teniendo justificaciones como que es mucho más seguro en caso de que la relación no se mantenga según lo esperado, al momento de un divorcio no habrían inconvenientes y cada quien podría simplemente quedarse con lo que le corresponde.

En pocas palabras, se considera el casamiento con bienes separados como un respaldo en caso de emergencia, previniendo por si el destino no actúa como se tenía planeado, y muchos son los casos de las parejas que al decidir divorciarse comienzan una verdadera guerra.

Sin embargo, en la sociedad de hace unos años, las bodas con bienes mancomunados eran más “populares”, de hecho, era prácticamente un tabú el pensar casarse con bienes separados, los suegros no podían ni imaginarlo y los futuros esposos ni se atrevían a tocar el tema en cuestión. Pero para saber cuál es la opción más conveniente, lo mejor es explicar de qué se trata cada uno.

Bienes mancomunados

Cuando una pareja decide casarse con bienes mancomunados, todo aquello que sea comprado después del matrimonio civil, corresponde en partes iguales a ambos. Contrario a la creencia de algunos, aquellos bienes que se adquirieron por separado antes del matrimonio, no entran dentro de ese 50% y 50% que se establece, ya que aquello que compró la persona antes de casarse siempre será de esa persona.

En el caso de que uno de los dos haya realizado una compra de algún bien con el pago en modo de plazos, y al casarse aún se encuentra realizando el pago, igualmente el bien sigue perteneciendo a la persona que comenzó a adquirirlo, sin embargo, esto no es válido en caso de viviendas, menajes familiares o enseres.

Si alguno de los dos obtiene una herencia, ello tampoco se encuentra dentro de tales bienes mancomunados, pues ello corresponde solo a la persona que recibió la herencia. Eso sí, si hablamos de deudas, ellas si se involucran en el matrimonio cuando se adquieren dentro del mismo, por lo que ambos son responsables de pagarlas.

Matrimonio por separación de bienes

Digamos que, en este tipo de matrimonio, se mantiene la individualidad en cuanto a la compra de bienes, pues todo aquello que sea adquirido después de haberse llevado a cabo el casamiento a través del dictamen civil, es y seguirá siendo de quien lo adquirió, al igual que todo aquello que fue comprado antes del acto.

En este caso, quien compró algún bien no necesita ser autorizado por su pareja, si desea venderlo, por ejemplo, forma parte de su derecho y la otra persona no tiene legalidad para intervenir o exigir.

Asimismo, en el caso de las deudas, también son individuales en el matrimonio por separación de bienes, por lo que si alguno de los dos entra en problemas financieros, no es responsabilidad de su pareja pagar esas deudas, es decir, no tiene que participar en el pago pues no es su deber y, además, no le pertenece el problema.

Ahora bien, después de conocer ambos tipos de matrimonios, tanto el de bienes separados como el mancomunado, corresponde analizar cuál conviene más, y en realidad se puede considerar que todo depende de la pareja y sus condiciones, para así poder tomar la decisión correcta.

También debería ser un factor considerable la cantidad de divorcios existentes en la actualidad, y más allá de ser pesimistas, hay que ser abiertos a todas las posibilidades y adaptarnos a la realidad, porque sí como el amor llega e impregna cada espacio de nuestras vidas, también puede irse, por lo que conviene se prevenidos.

Sin embargo, esta decisión es bastante personal, que depende de cada pareja, porque aunque lo que Dios une no puede ser separado por el hombre, la vida es una montaña rusa y pueden suceder muchos imprevistos, y es mejor estar siempre preparados.

 

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